Limitador de velocidad de los camiones pesados: la regla de los 105 km/h
Desde 2009, tanto en Quebec como en Ontario, la mayoría de los camiones pesados deben estar equipados con un limitador de velocidad activado y regulado a un máximo de 105 km/h. La regla se aplica a los camiones fabricados a partir de 1995.
¿Quién es responsable?
El conductor no debe conducir un camión cuyo limitador esté desactivado o mal regulado. El propietario y el explotador deben asegurarse de que el limitador cumpla con la normativa. Los controladores de carreteras pueden verificar la regulación con un aparato conectado al vehículo.
Las sanciones
Un limitador que no cumpla con la normativa puede dar lugar a multas para el conductor y para la empresa, además de una anotación en el expediente del PEVL. Los excesos de velocidad habituales también se aplican, con sus puntos de inaptitud.
Impugnar
Se pueden examinar el método de verificación, el aparato utilizado, las posibles exenciones y el año de fabricación del camión. Un acta de infracción por velocidad también puede impugnarse con base en la medición (radar, cinemómetro).
Lea también: Tabla de puntos de inaptitud – PEVL y CVL
¿Recibió un acta de infracción? No pague antes de hablar con nosotros
Para un camionero o un propietario de flota, cada acta de infracción también cuenta en el expediente de la empresa. Nuestros abogados impugnan sus actas de infracción en todo Quebec y lo representan ante la Commission des transports du Québec. Vea nuestra Opción 3 – Vehículo comercial (CVL – PEVL – CVOR).
Región de Montreal: 514 990-7884
Otras regiones de Quebec y Ontario: 1 877 990-7884
Vea también: Infracciones de camioneros
Ver también
Redactado por Antonio Alvarez, Abogado
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