Tabla de puntos de inaptitud – PEVL y CVL

TABLA Y PONDERACIÓN DE LAS INFRACCIONES PENALES Y CRIMINALES

La lista que sigue enumera los artículos del Code de la sécurité routière (ámbito penal) o del Código Criminal que se toman en cuenta en la evaluación de los PEVL y CVL. Estos artículos están agrupados según las responsabilidades del propietario o del explotador y la gravedad (número de puntos) que se les asigna.

Conductor de vehículos pesados:
¡Sea vigilante y evite ser sancionado dos veces!
¿Sabía que una misma infracción puede dar lugar a la inscripción de puntos de inaptitud y de puntos PEVL y CVL?
EJ.: Una infracción por uso ilegal de un teléfono celular o de un aparato portátil contemplado en el artículo 443.1 del CSR conlleva automáticamente la inscripción de 5 puntos de inaptitud en su expediente de conducción personal y de 3 puntos PEVL y 5 CVL en su expediente relativo a los vehículos pesados.

Debe consultarse el texto de las leyes mencionadas para la descripción detallada de cada artículo.

1. Infracciones tomadas en cuenta en la evaluación del comportamiento del explotador

CODE DE LA SÉCURITÉ ROUTIÈRE SAAQ

INFRACCIONES PONDERADAS CON 1 PUNTO (GRAVEDAD MENOR)

Artículos Descripción
Art. 228 (PEVL Y CVL) Uso de una luz amarilla intermitente o giratoria cuando ya no se requiere el permiso especial de circulación
art. 228.1 (PEVL Y CVL) Uso inadecuado de una señal exigida para un permiso especial de circulación
art. 281 (PEVL Y CVL) Uso inadecuado o ilegal de un faro blanco en la parte trasera de un vehículo o de una luz giratoria verde
art. 281.1 (PEVL Y CVL) Conducción de un vehículo de carretera cuyo parabrisas o ventanillas no estaban despejados
art. 292.0.1 (PEVL Y CVL) Circulación de un vehículo lento por un carril distinto del indicado por el responsable del mantenimiento
art. 299 (PEVL Y CVL) Exceso de velocidad en un municipio (entre 11 y 20 km/h)
art. 303.2 (PEVL Y CVL) Velocidad superior al límite prescrito o indicado en las zonas de obras viales (entre 11 y 20 km/h)
art. 328, 329 (PEVL Y CVL) Velocidad superior al límite prescrito o indicado (entre 11 y 20 km/h)
art. 366 (PEVL Y CVL) Paso por una intersección con semáforos sin espacio suficiente para no bloquearla
art. 377 (PEVL Y CVL) Uso de las luces de emergencia por un motivo distinto de la seguridad
art. 379 (PEVL Y CVL) Uso innecesario de luces amarillas intermitentes o giratorias
art. 381 (PEVL Y CVL) Vehículo de carretera dejado sin vigilancia con la llave en el contacto y las puertas sin cerrar con llave
art. 382 a 387 (PEVL Y CVL) Inmovilización insegura, inadecuada o ilegal de un vehículo pesado
art. 415 (PEVL Y CVL) Entrada a un camino de acceso limitado o salida del mismo fuera de los puntos de acceso o de salida
art. 425 (PEVL Y CVL) Omisión de reducir la intensidad de la iluminación de los faros del vehículo
art. 436 (PEVL Y CVL) Frenazo brusco
art. 439 (PEVL Y CVL) Conducción de un vehículo pesado en el que un televisor o una pantalla está colocado de modo que el conductor pueda ver directa o indirectamente la imagen transmitida
art. 440 (PEVL Y CVL) Uso de un reproductor portátil o de auriculares al volante de un vehículo
art.442 (PEVL Y CVL) Visión obstruida o conducción entorpecida por un objeto, un animal u otro pasajero
art. 458 (PEVL Y CVL) Mal uso de la señal de parada obligatoria o de las luces rojas intermitentes
art. 459 (PEVL Y CVL) Uso de las luces rojas intermitentes o de la señal de parada obligatoria cuando el vehículo escolar no transporta escolares
art. 463 (PEVL)
  • Diferencia de menos del 4% respecto de la masa total en carga permitida en un camino público
  • Sobrecarga por eje de menos del 10% respecto de la carga por eje permitida en un camino público, un puente o un viaducto
  • Altura excesiva de menos de 0,1 metro
  • Anchura excesiva de menos de 0,2 metro
  • Longitud excesiva de menos de 1 metro
art. 471 par. 4 (PEVL Y CVL) Carga no colocada, sujeta o cubierta conforme a las normas reglamentarias
art. 513 (PEVL Y CVL) Incumplimiento de una condición de un permiso especial de circulación

  • Diferencia de menos del 4% respecto de la masa total en carga indicada en el permiso especial de circulación en un camino público
  • Sobrecarga por eje de menos del 10% respecto de la carga por eje indicada en el permiso especial de circulación en un camino público, un puente o un viaducto
  • Altura excesiva de menos de 0,1 metro
  • Anchura excesiva de menos de 0,2 metro
  • Longitud excesiva de menos de 1 metro
  • Excedente de menos de 0,5 metro
  • Incumplimiento de las demás condiciones del permiso especial de circulación (equipo, vehículo de escolta, normas de circulación, etc.)
art. 646 (PEVL Y CVL) Infracción de una de las normas establecidas en el Reglamento sobre el transporte de mercancías peligrosas

INFRACCIONES PONDERADAS CON 2 PUNTOS (GRAVEDAD MEDIA)

Artículos Descripción
art. 107 (PEVL Y CVL) Omisión de devolver, a solicitud de la Société, su permiso en la fecha de entrada en vigor de la suspensión o de la revocación, o en cualquier otra fecha posterior fijada por la Société
art. 274 (PEVL Y CVL) Falta de la señal de advertencia de circulación lenta
art. 291, párr. 3 (PEVL Y CVL) Circulación prohibida por una señalización en un camino público (masa o dimensiones excedentes)
art. 293 (PEVL Y CVL) Circulación prohibida por una señalización (eventos especiales, competiciones deportivas)
art. 299 (PEVL Y CVL) Exceso de velocidad en un municipio (entre 21 y 30 km/h)
art. 303.2 (PEVL Y CVL) Velocidad superior al límite indicado en la señalización durante trabajos de construcción o de mantenimiento (entre 21 y 30 km/h)
art. 310 (PEVL Y CVL) Omisión de acatar una señalización
art. 312 (PEVL Y CVL) Circulación por una propiedad privada para evitar una señalización
art. 320 a 324 (PEVL Y CVL) Uso inadecuado de los carriles de circulación
art. 325 (PEVL Y CVL) Omisión de utilizar el carril derecho cuando la velocidad es inferior a la del tráfico
art. 326 (PEVL Y CVL) Mediana o dispositivo de separación cruzado en lugares no previstos
art. 328, 329 (PEVL Y CVL) Velocidad superior al límite prescrito o indicado (entre 21 y 30 km/h)
art. 330 (PEVL Y CVL) Omisión de reducir la velocidad cuando las circunstancias lo exigen (oscuridad, niebla, lluvia, otras precipitaciones, calzada resbaladiza o no despejada)
art. 331 (PEVL Y CVL) Omisión de usar las luces de emergencia durante una conducción lenta que entorpece la circulación
art. 335, 336 (PEVL Y CVL) Conducción demasiado cerca de otro vehículo
art. 340 (PEVL Y CVL) Aumento de la velocidad al ser adelantado
art. 341 (PEVL Y CVL) Adelantamiento inseguro de una bicicleta
art. 349, 350 (PEVL Y CVL) Omisión de ceder el paso
art. 351 a 358 (PEVL Y CVL) Giro peligroso o antirreglamentario
art. 372 a 376 (PEVL Y CVL) Omisión de señalar adecuadamente su intención (cambio de dirección, giro, etc.)
art. 395 (PEVL Y CVL) Cinturón de seguridad ausente, modificado o inservible
art. 418 (PEVL Y CVL) Circulación por el arcén de un camino público
art. 423 (PEVL Y CVL) Circulación con un vehículo de carretera provisto de faros blancos que proyectan un haz hacia atrás
art. 424 (PEVL Y CVL) Circulación con un vehículo cuyos faros no están encendidos, cuando es necesario
art. 426 (PEVL Y CVL) Transporte de más pasajeros que plazas disponibles para sentarlos
art. 432 (PEVL Y CVL) Omisión de detener un autobús o un minibús en las zonas previstas para ello o en el extremo derecho de la calzada para que suban o bajen pasajeros
art. 437.1 (PEVL Y CVL) Remolque de un remolque o semirremolque sin un mecanismo de enganche adecuado (luces, sistema de frenos, cadenas, cables, etc.)
art. 437.2 (PEVL Y CVL) Remolque de un conjunto de vehículos cuando no lo requiere un agente de la paz o por razones de seguridad
art. 455 (PEVL Y CVL) Transporte de personas no sentadas (vehículo escolar en movimiento)
art. 463 (PEVL)
  • Diferencia del 4% a menos del 8% respecto de la masa total en carga permitida en un camino público
  • Diferencia de menos del 4% respecto de la masa total en carga permitida en un puente o un viaducto
  • Sobrecarga por eje del 10% a menos del 15% respecto de la carga por eje permitida en un camino público, un puente o un viaducto
  • Altura excesiva de 0,1 a menos de 0,2 metro
  • Anchura excesiva de 0,2 a menos de 0,4 metro
  • Longitud excesiva de 1 a menos de 2 metros
art. 471 par.2 (PEVL Y CVL) Carga que reduce el campo de visión u oculta las luces o los faros
art. 471 par.4 (PEVL Y CVL) Carga no colocada, sujeta o cubierta conforme a las normas reglamentarias (según el monto de la multa)
art. 498 (PEVL Y CVL) Vehículo del que se desprende hielo, nieve o cualquier otra materia
art. 513 (PEVL Y CVL)
  • Diferencia de menos del 4% respecto de la masa total en carga indicada en el permiso especial de circulación en un camino público
  • Sobrecarga por eje de menos del 10% respecto de la carga por eje indicada en el permiso especial de circulación en un camino público, un puente o un viaducto
  • Altura excesiva de menos de 0,1 metro
  • Anchura excesiva de menos de 0,2 metro
  • Longitud excesiva de menos de 1 metro
  • Excedente de menos de 0,5 metro
  • Incumplimiento de las demás condiciones del permiso especial de circulación (equipo, vehículo de escolta, normas de circulación, etc.)
art. 519.3 (PEVL Y CVL) Omisión de mantener actualizado el informe de verificación previa a la salida de su vehículo
art. 519.5 (CVL) Omisión de informar de un defecto menor (por negligencia o negativa)
art. 519.8 (PEVL Y CVL) Distribución y sujeción no conformes de la carga, la mensajería y el equipaje de un autobús o de un minibús
art. 519.15.3 (PEVL) Limitador de velocidad no activado, no ajustado a 105 km/h31, en mal estado de funcionamiento o que no permite la lectura de los datos de programación
art. 519.16, párr.2 (PEVL) Informe de verificación ausente o información faltante a bordo del vehículo
art. 519.19 (PEVL) Omisión de impedir la circulación de un autobús o de un minibús cuya carga o equipaje están sujetos de manera no conforme
art. 646 (PEVL Y CVL) Infracción de una de las normas establecidas en el Reglamento sobre el transporte de mercancías peligrosas (según el monto de la multa)

INFRACCIONES PONDERADAS CON 3 PUNTOS (GRAVEDAD ALTA)

Artículos Descripción
art. 65 (PEVL Y CVL) Conducción de un vehículo siendo titular de un permiso de una clase no apropiada o que no incluye las menciones prescritas
art. 94 (PEVL Y CVL) Titular de más de un permiso de conductor aprendiz, de más de un permiso probatorio o de más de un permiso de conducir de la misma clase
art. 96 (PEVL Y CVL) Permitir que un tercero conduzca con su permiso o utilizar el permiso de otra persona
art. 98 (PEVL Y CVL) Incumplimiento de las condiciones relativas al permiso de conducir
art. 99 (PEVL Y CVL) Conductor aprendiz que condujo un vehículo sin ser asistido por un titular de permiso apropiado
art. 102 (PEVL Y CVL) Negativa a entregar su permiso de conducir a un agente de la paz
art. 105 (PEVL Y CVL) Conducción de un vehículo de carretera estando sancionado
art. 106 (PEVL Y CVL) Haber permitido conducir a una persona que no es titular de un permiso de la clase apropiada o cuyo permiso está suspendido o revocado
art. 146 (PEVL Y CVL) Uso de un documento falso que pueda confundirse con un permiso
art. 168 (PEVL Y CVL) Incumplimiento de los diversos deberes de un conductor implicado en un accidente
art. 169 (PEVL Y CVL) Omisión de llamar a un agente de la paz en caso de accidente con daños corporales
art. 170 (PEVL Y CVL) Información requerida no proporcionada por un conductor implicado en un accidente
art. 171 (PEVL Y CVL) Omisión de avisar a un agente de la paz, en ciertas circunstancias, durante un accidente
art. 238 (PEVL Y CVL) Faros, luces o reflectores no limpiados tras la solicitud de un agente de la paz
art. 251 (PEVL Y CVL) Instalar, hacer instalar o introducir un detector de cinemómetro en el vehículo, o cualquier objeto o materia que perjudique el funcionamiento de un cinemómetro fotográfico o de un sistema fotográfico en semáforos en rojo
art. 267 (PEVL Y CVL) Parabrisas o ventanilla no limpiados tras la solicitud de un agente de la paz
art. 291, párr.3 (PEVL Y CVL) Sobrecarga respecto de la masa total en carga permitida de menos de 5 000 kg en un puente o un viaducto, en contravención de la señalización
art. 292 (PEVL Y CVL) Frenos no verificados cuando una señalización lo indica
art. 292.1 (PEVL Y CVL) Circulación por un camino cuya señalización prohíbe el exceso de carga sin estar provisto de un sistema de ralentización previsto por el reglamento
art. 293.1, párr.3 (PEVL Y CVL) Circulación por un camino prohibido por una señalización por motivos de seguridad
art. 299 (PEVL Y CVL) Exceso de velocidad en un municipio (entre 31 y 40 km/h)
art. 303.2 (PEVL Y CVL) Velocidad superior al límite prescrito o indicado en las zonas de obras viales (entre 31 y 40 km/h)
art. 311 (PEVL Y CVL) Omisión de acatar las órdenes o señales de una persona con autoridad (guardia de cruce escolar, señalizador o agente de la paz)
art. 326.1 (PEVL Y CVL) Cruce prohibido de una línea continua de demarcación de carril
art. 327 (PEVL Y CVL) Velocidad o acción imprudente
art. 328, 329 (PEVL Y CVL) Velocidad superior al límite prescrito o indicado (entre 31 y 40 km/h)
art. 333 (PEVL Y CVL) Conducción de un vehículo en el que se encuentra un detector de cinemómetro, un objeto o una materia que perjudica el funcionamiento del cinemómetro o del sistema fotográfico en semáforos en rojo
art. 339 (PEVL Y CVL) Maniobra de adelantamiento indebida
art. 342, 345 a 348 (PEVL Y CVL) Adelantamiento inseguro
art. 359 (PEVL Y CVL) Omisión de acatar un semáforo en rojo
art. 359.1 (PEVL Y CVL) Giro a la derecha con semáforo en rojo cuando una señalización lo prohibía o, si la señalización lo permitía, omisión de detener el vehículo antes del giro
art. 360 (PEVL Y CVL) Omisión de acatar un semáforo en rojo intermitente
art. 361 (PEVL Y CVL) Omisión de detener el vehículo en una intersección con semáforo en amarillo
art. 362 (PEVL Y CVL) Omisión de reducir la velocidad o de ceder el paso ante un semáforo en amarillo intermitente
art. 363, 364 (PEVL Y CVL) Omisión de ceder el paso ante un semáforo en verde o una flecha verde
art. 365 (PEVL Y CVL) Circulación por un carril distinto del indicado por una flecha verde que apunta hacia abajo
art. 367 (PEVL Y CVL) Omisión de detener el vehículo cuando un semáforo es defectuoso o no funciona
art. 368, 369, 370 (PEVL Y CVL) Omisión de acatar una señal de alto
art. 371 (PEVL Y CVL) Omisión de dar prioridad de paso a los vehículos que ya circulan por el carril en el que el conductor quiere incorporarse
art. 396 (PEVL Y CVL) Uso incorrecto del cinturón de seguridad en un vehículo en movimiento
art. 402 a 410 (PEVL Y CVL) Omisión de ceder el paso cuando la situación lo exige
art. 411 (PEVL Y CVL) Omisión de detener el vehículo al menos a cinco metros de la vía férrea
art. 412 (PEVL Y CVL) Entrada a un paso a nivel sin espacio suficiente
art. 413 (PEVL Y CVL) Omisión de detenerse en un paso a nivel al conducir un autobús, un minibús o un vehículo pesado que transporta mercancías peligrosas que exigen placas de indicación de peligro
art. 416 (PEVL Y CVL) Marcha atrás prohibida en un camino de acceso limitado
art. 417 (PEVL Y CVL) Marcha atrás peligrosa o que entorpece la circulación
art. 421 (PEVL Y CVL) Conducción de un vehículo donde la circulación está restringida o prohibida
art. 422 (PEVL Y CVL) Conducción en el contexto de una apuesta, un desafío o una carrera
art. 433 (PEVL Y CVL) Persona que viaja en el estribo, en una parte exterior del vehículo, en el volquete o en la caja del vehículo
art. 437 (PEVL Y CVL) Vehículo cuyas ruedas delanteras permanecen en el suelo, que es remolcado sin estar sujeto con una barra
art. 439 (PEVL Y CVL).1 Uso de un aparato de mano con función telefónica
art. 456 (PEVL Y CVL) Omisión de utilizar las luces rojas intermitentes o la señal de parada obligatoria para que suban o bajen personas (autobuses y minibuses destinados al transporte de escolares)
art. 457 (PEVL Y CVL) Omisión de utilizar las luces rojas intermitentes o la señal de parada obligatoria (autobuses y minibuses en fila destinados al transporte de escolares)
art. 460 (PEVL Y CVL) Omisión de detener el vehículo a más de cinco metros de un autobús o minibús destinado al transporte de escolares cuyas luces rojas intermitentes o señal de parada obligatoria están activadas
art. 463 (PEVL) Sobrecarga respecto de la masa total en carga permitida de más de 10 000 kg o sobrecarga por eje en un puente sujeto a una restricción de carga; longitud excesiva de más de diez metros; anchura o altura excesiva de más de 100 centímetros
art. 468, párr.2 (PEVL Y CVL) Negativa a conducir un vehículo fuera de norma a un lugar adecuado a solicitud de un agente de la paz
art. 470.1 (PEVL Y CVL) Omisión de conducir un vehículo a un puesto de control y de facilitar las verificaciones, a solicitud de un agente de la paz o cuando una señalización lo exigía
art. 471 par.1 y 3 (PEVL Y CVL) Carga que se desplaza o se desprende del vehículo, o que compromete su estabilidad o su conducción
471 par. 4 Carga no colocada, sujeta o cubierta conforme a las normas reglamentarias
art. 472, párr.2 (PEVL Y CVL) Omisión de conducir a un lugar adecuado, a solicitud de un agente de la paz, un vehículo cuya carga presentaba un peligro
art. 473 (PEVL Y CVL) Carga o equipo de dimensiones excedentes (sin permiso especial)
art. 513 (PEVL Y CVL) Incumplimiento de una condición de un permiso especial de circulación
art. 519.2 (PEVL Y CVL) Verificación previa a la salida no realizada o ausencia de observaciones en el informe
art. 519.3 (PEVL Y CVL) Omisión del conductor de completar y mantener actualizado el informe de verificación del vehículo pesado
art. 519.4 (PEVL Y CVL) Informe de verificación previa a la salida ausente, negativa a entregarlo o posesión de más de un informe
art. 519.5 (PEVL Y CVL) Defecto mecánico mayor no informado
art. 519.6 (PEVL Y CVL) Conducción de un vehículo pesado con un defecto mecánico mayor constatado durante una verificación previa a la salida
art. 519.7 (PEVL Y CVL) Omisión de informar a las personas interesadas de la invalidez de su permiso
art. 519.8.1 (PEVL Y CVL) Incumplimiento de la prohibición de conducir, en particular en los casos en que: las capacidades de conducción del conductor estaban disminuidas; el conductor era objeto de una declaración de fuera de servicio; el conductor no respetaba las disposiciones de los artículos 519.9 y 519.10 del Code de la sécurité routière
art. 519.9 (PEVL Y CVL) Incumplimiento de las normas relativas a las horas de descanso y de conducción o de las condiciones vinculadas al permiso
art. 519.10 (PEVL Y CVL) Omisión de llevar las fichas diarias o de haber inscrito en ellas la información requerida; posesión de más de una ficha diaria por día; ausencia de las fichas diarias a bordo; inscripción de información inexacta; omisión de haber entregado las fichas diarias al inspector o al agente de la paz
art. 519.11 (PEVL Y CVL) Omisión de entregar a un agente de la paz el contrato de alquiler o el contrato de servicios
art. 519.15 (PEVL Y CVL) Omisión de asegurarse de que se realizó la verificación previa a la salida
art. 519.16, párr.1 y 3 (PEVL Y CVL) 1) Omisión de colocar en el vehículo pesado un solo informe de verificación previa a la salida
3) Omisión de haber informado al propietario de los defectos mecánicos y de haberle transmitido una copia del informe
519.20 Omisión de llevar las fichas, informes, expedientes y demás documentos previstos
519.21.1 Solicitud, imposición o permiso a un conductor de conducir, en particular cuando las capacidades de conducción del conductor estaban disminuidas; era objeto de una declaración de fuera de servicio; no respetaba las disposiciones de los artículos 519.9 y 519.10 del Code de la sécurité routière
519.21.2 Omisión de asegurarse de que el conductor haya respetado ciertas disposiciones del Código relativas a las horas de conducción y de descanso y a las fichas diarias
519.21.3 Omisión de exigir que los conductores completen una ficha diaria
519.25 Omisión de conservar las fichas diarias y los documentos justificativos en el lugar determinado y según las normas establecidas por reglamento
519.27 Omisión de asegurarse de que el conductor cumpla la obligación de conducir su vehículo a un puesto de control cuando se requiere
519.28 Omisión de haber conducido su vehículo pesado a un lugar adecuado (mercancías peligrosas)
519.42 No intervención para impedir la circulación de un vehículo cuyo conductor tiene un permiso inválido
519.52, párr. 3 Uso o no intervención para impedir el uso de un vehículo cuyo sistema de frenos está modificado de modo que se reduce su eficacia
519.70, párr. 2 Incumplimiento de la exigencia de un controlador de carreteras durante la custodia, posesión o control de un vehículo
519.71 Omisión de entregar los libros, registros, cuentas, expedientes y demás documentos a la persona que realiza la inspección o falta de colaboración para facilitarle su examen
636 Omisión de detener su vehículo a solicitud de un agente de la paz
636.1 Negativa a someterse a las pruebas de coordinación física solicitadas por un agente
638.1 Obstrucción de la acción de un agente de la paz; engaño por reticencia o por declaración falsa; negativa a proporcionar la información requerida o cualquier documento que un agente de la paz tiene derecho a exigir o examinar; omisión o destrucción de un documento o de un bien pertinente durante un control
646 Infracción de una de las normas establecidas en el Reglamento sobre el transporte de mercancías peligrosas

INFRACCIONES PONDERADAS CON 4 PUNTOS

Artículos Descripción
463
  • Diferencia del 12% a menos del 16% respecto de la masa total en carga permitida en un camino público
  • Diferencia del 8% a menos del 16% respecto de la masa total en carga permitida en un puente o un viaducto
  • Sobrecarga por eje del 18% a menos del 20% respecto de la carga por eje permitida en un camino público, un puente o un viaducto
  • Altura excesiva de 0,3 a menos de 0,4 metro
  • Anchura excesiva de 0,6 a menos de 0,8 metro
  • Longitud excesiva de 3 a menos de 4 metros
513
  • Diferencia del 12% a menos del 16% respecto de la masa total en carga indicada en el permiso especial de circulación en un camino público
  • Diferencia del 8% a menos del 16% respecto de la masa total en carga indicada en el permiso especial de circulación en un puente o un viaducto
  • Diferencia del 5% a menos del 10% respecto de la masa total en carga indicada en el permiso especial de circulación del ministro en un camino público, un puente o un viaducto
  • Diferencia de menos del 5% respecto de la masa total en carga indicada en el permiso especial de circulación de las clases 5 y 6 en un camino público, un puente o un viaducto
  • Sobrecarga por eje del 10% a menos del 20% respecto de la carga por eje indicada en el permiso especial de circulación en un camino público, un puente o un viaducto
  • Sobrecarga por eje del 10% a menos del 15% respecto de la carga por eje indicada en el permiso especial de circulación del ministro o en el permiso especial de circulación de clase 5 o 6 en un camino público, un puente o un viaducto
  • Altura excesiva de 0,3 a menos de 0,4 metro
  • Anchura excesiva de 0,6 a menos de 0,8 metro
  • Longitud excesiva de 3 a menos de 4 metros
  • Excedente de 1,5 a menos de 2 metros

INFRACCIONES PONDERADAS CON 5 PUNTOS

Artículos Descripción
291, párr. 3 Sobrecarga respecto de la masa total en carga de menos de 20 000 kg en relación con la masa total en carga permitida en un puente o un viaducto con restricción de cargas
463
  • Diferencia del 12% a menos del 16% respecto de la masa total en carga permitida en un camino público
  • Diferencia del 8% a menos del 16% respecto de la masa total en carga permitida en un puente o un viaducto
  • Sobrecarga por eje del 18% a menos del 20% respecto de la carga por eje permitida en un camino público, un puente o un viaducto
  • Altura excesiva de 0,3 a menos de 0,4 metro
  • Anchura excesiva de 0,6 a menos de 0,8 metro
  • Longitud excesiva de 3 a menos de 4 metros
468, párr. 2 Negativa a conducir un vehículo fuera de norma a un lugar adecuado a solicitud de un agente de la paz
473 Carga o equipo de dimensiones excedentes sin permiso especial de circulación para ello
513
  • Diferencia del 12% a menos del 16% respecto de la masa total en carga indicada en el permiso especial de circulación en un camino público
  • Diferencia del 8% a menos del 16% respecto de la masa total en carga indicada en el permiso especial de circulación en un puente o un viaducto
  • Diferencia del 5% a menos del 10% respecto de la masa total en carga indicada en el permiso especial de circulación del ministro en un camino público, un puente o un viaducto
  • Diferencia de menos del 5% respecto de la masa total en carga indicada en el permiso especial de circulación de las clases 5 y 6 en un camino público, un puente o un viaducto
  • Sobrecarga por eje del 10% a menos del 20% respecto de la carga por eje indicada en el permiso especial de circulación en un camino público, un puente o un viaducto
  • Sobrecarga por eje del 10% a menos del 15% respecto de la carga por eje indicada en el permiso especial de circulación del ministro o en el permiso especial de circulación de clase 5 o 6 en un camino público, un puente o un viaducto
  • Altura excesiva de 0,3 a menos de 0,4 metro
  • Anchura excesiva de 0,6 a menos de 0,8 metro
  • Longitud excesiva de 3 a menos de 4 metros
  • Excedente de 1,5 a menos de 2 metros

CÓDIGO CRIMINAL

INFRACCIONES PONDERADAS CON 5 PUNTOS

Artículos Descripción
220, 221 Negligencia criminal (muerte o lesiones corporales)
236 Culpabilidad de homicidio involuntario
291(1)A Conducción peligrosa
249(3 y 4) Conducción peligrosa que causa lesiones corporales o la muerte
249.1 Conducción durante una persecución por un agente de la paz, sin excusa razonable y con el fin de huir o de omitir detener su vehículo
252(1) Omisión de detenerse en caso de accidente
253 Capacidad de conducción disminuida (alcohol, drogas o medicamentos)
254(5) Omisión o negativa a proporcionar una muestra de aliento, de sangre u otra, a someterse a las pruebas de coordinación de movimientos o a una evaluación
255(2 y 3) Capacidad disminuida que causa lesiones corporales o la muerte

Para la constitución de un expediente, la Société también considera que se ha cometido una infracción a los artículos 253 o 254(5) del Código Criminal cuando es informada de que el permiso del conductor ha sido suspendido por alguna de las siguientes razones:

  • El conductor condujo un vehículo pesado o tenía su custodia o control, con una tasa de alcohol superior a 80 miligramos de alcohol por 100 mililitros de sangre (artículo 253);
  • El conductor omitió obedecer la orden que le dio un agente de la paz (artículo 254).

2. Infracciones tomadas en cuenta en la evaluación del comportamiento del propietario

En la lista de infracciones imputables al propietario, solo se toman en cuenta las infracciones constatadas durante un control en la empresa, ya que la evaluación del comportamiento de un propietario en carretera se basa exclusivamente en el número de verificaciones mecánicas y su resultado.

CODE DE LA SÉCURITÉ ROUTIÈRE

INFRACCIONES PONDERADAS CON 2 PUNTOS (GRAVEDAD MEDIA)

Artículos Descripción
519.17 Omisión de haber corregido un defecto mecánico menor que le fue notificado
519.21 Omisión de haber corregido un defecto mecánico menor tras un aviso del fabricante
531, párr. 2 Puesta en circulación de un vehículo con un defecto mecánico menor

INFRACCIONES PONDERADAS CON 3 PUNTOS (GRAVEDAD ALTA)

Artículos Descripción
519.15 Omisión de haber mantenido sus vehículos pesados en buen estado mecánico
519.17 Omisión de haber impedido la circulación de un vehículo que presenta un defecto mecánico mayor
519.18 Omisión de asegurarse de obtener copia del informe de verificación
519.20 Omisión de llevar las fichas, informes, expedientes y demás documentos previstos
519.21 Incumplimiento de un aviso de defecto mecánico (mayor) del fabricante
519.71 Omisión de entregar los libros, registros, cuentas, expedientes y demás documentos a la persona que realiza la inspección o falta de colaboración para facilitarle su examen
534 Puesta en circulación de un vehículo que presenta un defecto mecánico mayor
638.1 Obstrucción de la acción de un agente de la paz; engaño por reticencia o declaración falsa; negativa a proporcionar la información requerida o cualquier documento que un agente de la paz tiene derecho a exigir o examinar; omisión o destrucción de un documento o de un bien pertinente durante un control

Fuente: Documento Política de Evaluación PEVL SAAQ

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Redactado por Antonio Alvarez, Abogado
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