¿Cuánto tiempo tengo para impugnar mi multa?

¿Cuánto tiempo tengo para impugnar mi multa?

Dispone de 30 días a partir de la notificación del acta de infracción (la fecha en que la recibió, en mano o por correo) para transmitir su declaración. Este plazo figura en la propia acta.

Tiene dos opciones:

  • Declararse culpable: paga la multa y los costos, y los puntos de inaptitud se inscriben en su expediente.
  • Declararse no culpable: devuelve la declaración de no culpabilidad (por correo, en línea o en persona según el tribunal), y recibirá más tarde un aviso de audiencia. No se exige ningún pago en esta etapa.

IMPORTANTE: no pague su multa si desea impugnarla. Pagar equivale a declararse culpable, y el expediente queda cerrado.

Si el plazo de 30 días ha vencido, no todo está perdido: según la situación, se puede solicitar una revocación de sentencia.

Lo más sencillo: escanee su multa o confíenos su expediente. Transmitimos la declaración de no culpabilidad por usted, solicitamos la prueba y lo representamos en la audiencia, en todo Quebec.

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Redactado por Antonio Alvarez, Abogado
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